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Jubilaciones

Décadas de cotización merecen que alguien revise que le estén reconociendo lo que le corresponde.

Muchas personas descubren tarde que su historia laboral tiene semanas sin reportar, empleadores que no cotizaron, o períodos que quedaron en un fondo distinto al que creían. Cada una de esas inconsistencias puede significar años adicionales de trabajo o una mesada más baja de por vida.

Acompañamos el proceso pensional desde la revisión de la historia laboral hasta la reclamación, y cuando es necesario, el proceso judicial contra la administradora que negó o liquidó mal la prestación.

También asesoramos la otra cara del asunto: qué hacer con el patrimonio una vez llega la pensión. Un inmueble bien estructurado puede complementar la mesada, y una sucesión bien planeada le evita problemas a la familia.

Alcance

¿Qué incluye?

Revisión y corrección de la historia laboral

Análisis de requisitos para pensión de vejez, invalidez o sobrevivientes

Reclamación administrativa ante Colpensiones y fondos privados

Demanda laboral cuando la prestación es negada o mal liquidada

Asesoría en traslado de régimen pensional

Reliquidación de mesadas mal calculadas

Planificación patrimonial y sucesoral para la etapa de retiro

Metodología

Cómo trabajamos

  1. 1

    Diagnóstico pensional

    Revisamos su historia laboral completa, semanas cotizadas, régimen aplicable y régimen de transición si le corresponde.

  2. 2

    Corrección de inconsistencias

    Gestionamos ante empleadores y administradoras la corrección de períodos faltantes o mal reportados.

  3. 3

    Reclamación

    Presentamos la solicitud de reconocimiento con la documentación completa y hacemos seguimiento a los tiempos de respuesta.

  4. 4

    Vía judicial si es necesario

    Si la respuesta es negativa o la liquidación es incorrecta, asumimos la representación en el proceso laboral.

Dudas frecuentes

Preguntas frecuentes

¿Cómo sé si me faltan semanas de cotización?

Solicitando su historia laboral a la administradora y comparándola con sus certificados de trabajo. Es más común de lo que parece encontrar períodos completos sin reportar, especialmente de empleos antiguos o de empresas que ya no existen. Esa revisión es el primer paso de cualquier proceso pensional serio.

Mi empleador no cotizó durante un período. ¿Perdí esas semanas?

No necesariamente. La obligación de cotizar es del empleador, y existen mecanismos para reclamar el reconocimiento de esos períodos, incluyendo el cálculo actuarial. La viabilidad depende de que pueda probarse la relación laboral, por lo que conservar contratos, certificados y comprobantes de pago resulta determinante.

¿Me conviene trasladarme de fondo privado a Colpensiones?

Depende de su edad, semanas cotizadas, ingreso base y de si le aplica el régimen de transición. No hay una respuesta general: para algunas personas el traslado representa una mejora sustancial y para otras es perjudicial. Además existen límites de tiempo para hacerlo. Es una decisión que debe tomarse con un cálculo concreto, no con una recomendación de pasillo.

Me negaron la pensión. ¿Todavía puedo hacer algo?

En la mayoría de los casos sí. Una negativa administrativa no es la última palabra: puede controvertirse por vía judicial. Lo importante es actuar dentro de los términos y con un análisis previo de las razones de la negativa, porque no todas las negativas son atacables por las mismas vías.

¿Qué tiene que ver una firma inmobiliaria con pensiones?

La etapa de retiro casi siempre involucra decisiones patrimoniales: vender la casa grande y comprar algo más manejable, poner un inmueble a rentar como complemento de la mesada, o dejar la sucesión organizada. Ahí es donde nuestro perfil mixto —jurídico e inmobiliario— aporta más que un despacho que solo ve el expediente pensional.

Fundamento legal

Marco normativo

Ley 100 de 1993 — Sistema General de Seguridad Social
Constitución Política de Colombia de 1991 — derecho a la seguridad social
Ley 797 de 2003 — reformas al sistema pensional
Ley 1564 de 2012 (Código General del Proceso)

Las consultas jurídicas requieren pre-pago de honorarios, que se confirma antes de agendar la cita. Escríbenos y te informamos el valor según el tipo de consulta.

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